Villa María, viernes 22 de noviembre de 2024

Caso Lázaro: los fundamentos de la absolución de Franco Sosa

El 14 de agosto de este 2024 y en un fallo que generó gran repercusión, la Cámara en lo Criminal de Villa María dejó en libertad a Franco Sosa, quien estaba acusado de homicidio calificado por el vínculo por la muerte de su bebé Lázaro, de apenas cuatro meses.

La decisión fue dictada por el beneficio de la duda y se fundamentó en la falta de pruebas contundentes que
permitieran sostener, más allá de toda duda razonable, la culpabilidad del acusado en la muerte del niño.

El tribunal, presidido por el vocal Félix Alejandro Martínez e integrado por las vocales Edith Lezama y Eve Flores, junto al juzgado popular compuesto por 8 personas, mencionó en sus argumentos que si bien el fallecimiento del niño fue trágico, las pruebas no resultaron lo suficientemente concluyentes como para determinar que Sosa fuera el responsable directo de las lesiones fatales a Lázaro.

Uno de los puntos centrales de la absolución fue la falta de evidencia forense concluyente que vinculara de manera inequívoca las lesiones de Lázaro con una acción intencional de Sosa. El informe médico que señalaba signos compatibles con el síndrome del bebé sacudido fue cuestionado por la defensa, que sostuvo que la existencia de dicho síndrome ha sido debatida en el ámbito médico, y que no se pudo probar de manera firme que las sacudidas imputadas hubieran sido causadas por el acusado en el momento de los hechos.

El juzgado también señaló contradicciones en los testimonios presentados durante el juicio. Los relatos de los vecinos y familiares no fueron del todo coincidentes, lo que sembró dudas sobre lo que realmente ocurrió la tarde del 2 de junio de 2022, cuando Lázaro sufrió la descompensación que lo llevó a la muerte. En especial, se hizo hincapié en que varios de los testimonios clave variaron con el paso del tiempo, y algunos testigos, como la madre del bebé, Stefanía Sánchez, no pudieron proporcionar una versión clara y definitiva de los hechos.

Además, la falta de pruebas directas que demostraran que Sosa había actuado con dolo o intención de dañar al niño pesó considerablemente en la decisión del tribunal. La defensa, a cargo del abogado Joaquín González, argumentó que Sosa, aunque pudo haber cometido errores en el manejo de la emergencia, no tuvo la intención de causar la muerte de su hijo y que las acusaciones eran producto de malentendidos y prejuicios en torno a su persona.

El tribunal aplicó el principio de in dubio pro reo, que establece que ante la duda razonable, se debe fallar a favor del acusado. En este caso, las pruebas presentadas no lograron despejar todas las dudas sobre la responsabilidad directa de Sosa en la muerte de Lázaro.

El tribunal consideró que no se pudo probar con certeza que las lesiones del bebé fueran consecuencia de un acto doloso por parte de su padre. Además, se resaltó que, si bien la muerte de Lázaro fue un hecho extremadamente doloroso, no se pudo demostrar que el acusado hubiera actuado con la intención de asesinar a su hijo, lo cual era crucial para sostener una condena por homicidio calificado.

La defensa de Sosa insistió en que no había motivación ni comportamiento previo que indicara que él tuviera intenciones de dañar a su hijo. Además, subrayó que Sosa realizó maniobras de reanimación y trató de pedir ayuda en los momentos críticos, lo que contradecía la imagen de un padre que deliberadamente habría causado daño al bebé.

En su declaración final, Sosa reiteró su inocencia, afirmando que amaba a su hijo y que nunca lo habría lastimado. Este testimonio, aunque no fue determinante por sí solo, reforzó la duda en torno a su culpabilidad.

Las vocales Edith Lezama y Eve Flores dispusieron absolver al acusado. Por otro lado, cinco de los ocho, integrantes del juzgado popular coincidieron con esa postura. Con esto, lograron por mayoría dejarlo en libertad. El magistrado Félix Martínez, quien presidía el juicio, fundamentó la postura de los otros 3 integrantes que no acompañaron la absolución.

Texto y audio de Gaspar Bertone (pasante UNVM) para Villa María Ya!:

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Foto: Archivo

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