La fiscal del Segundo Turno de Villa María, Juliana Érica Companys, presentó su descargo formal luego de ser notificada sobre un sumario administrativo abierto en su contra. La medida surge a raíz de su participación en el documental de Netflix “El vendedor de ilusiones: el caso Generación Zoe”, lo que derivó en cuestionamientos éticos por parte del Tribunal de Ética del Poder Judicial.
Según la defensa, Companys —quien encabeza la investigación penal contra Leonardo Cositorto por estafas y asociación ilícita— afirmó que no intervino en la realización del documental, limitándose a lo que se dijo, cómo dar una entrevista en un bar público y otros argumentos detallados en un escrito de 16 páginas presentado por sus representantes legales, Germán Gianotti y Tomás Bobadilla.
El escrito sostiene que las imágenes utilizadas del despacho de la fiscal fueron autorizadas por el Poder Judicial de Córdoba y no por la propia funcionaria. A su vez, se remarca en las declaraciones que “la entrevista fue brindada sin participación en el guión ni dramatización, sin contraprestación económica, con la modalidad de preguntas y respuestas”
La defensa también entregó documentación de la productora Ánima Films SRL, responsable del documental, que confirma la inexistencia de cualquier tipo de vínculo comercial. “Jamás participé actuando, en el guión o como protagonista, ni recibí retribución alguna por parte de la producción o la plataforma, incluso no me encontraba en la ciudad de Villa María”, señaló la Fiscal.
En relación a las imágenes que mostraban a Companys entrando a su oficina, la defensa explicó que se trataba de una actriz caracterizada y no de la funcionaria real. Para reforzar esta afirmación, se adjuntaron pasajes aéreos que ubican a Companys en las Cataratas del Iguazú en la fecha de esa filmación.
Según consignó La Voz del Interior, entre los argumentos centrales los abogados remarcan que la fiscal se limitó a brindar información de conocimiento público, sin vulnerar secretos de sumario ni afectar la privacidad de los involucrados. El objetivo de su intervención, afirman, fue el de “contribuir al esclarecimiento del caso”, dado el enorme interés social que había despertado la causa Generación Zoe.
El sumario fue iniciado por la Secretaría de Sumarios Administrativos del Tribunal Superior de Justicia a instancias del Tribunal de Ética, que observó una posible falta disciplinaria por la exposición mediática antes de que la causa estuviera elevada a juicio. No obstante, el escrito subraya que toda eventual imputación debe ser descartada “por ausencia total de inconducta”, y pide que se reconozca el carácter “ético, legal y funcional” de las acciones de Companys.
En cuanto al plano legal, la presentación invoca fallos tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que amparan el derecho a la libertad de expresión de funcionarios judiciales, siempre que esta no interfiera en el curso de los procesos ni vulnere derechos de las partes. Se citan, entre otros, los casos Fontevecchia y D’Amico, García, María Belén y De Sanctis.
Finalmente, si bien existe una nota firmada por la fiscal adjunta Bettina Croppi en la que se señala que Companys no pidió autorización expresa al Ministerio Público Fiscal para realizar la entrevista, su defensa alega que hubo respaldo institucional suficiente, además de que su participación estuvo plenamente enmarcada en la libertad de prensa y el derecho a la información sobre asuntos de interés público.
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