La defensa de Ignacio Aldeco, absuelto por el femicidio de Liliana Stefanatto pero condenado por otros delitos con violencia de género, considera que no hay argumentos para mantenerlo detenido.
La sentencia fue dada por un jurado popular (4 votaron a favor y 4 en contra) y dos jueces técnicos (Felix Martínez y Nerina Gamero; Eve Flores no votó). En ella, determinaron que Aldeco no podía ser condenado por femicidio debido al beneficio de la duda.
Sí lo hallaron culpable de los delitos de lesiones leves, amenazas y desobediencia a la autoridad por romper órdenes de restricción, y por estos lo condenaron a 9 años y medio de prisión.
Sus defensores, Rodrigo Hayas y Martina Roldán, argumentan que estos delitos generalmente tienen penas de hasta tres años, de ejecución condicional.
Al haber estado Aldeco más de dos años en prisión preventiva, piden su inmediata liberación y presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia.
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