El fiscal de Instrucción del Tercer Turno, René Bosio, analizó el juicio donde una pareja de Villa Nueva fue condenada por prostituir a sus hijas.
“Se había apartado el señor fiscal de Cámara, el doctor Márquez, y como yo había instruido la causa, participé como fiscal de Cámara”, señaló el magistrado en declaraciones a Villa María Ya!.
Asimismo, Bosio relató: “Este juicio se inició el día martes, donde declararon los imputados negando el hecho y haciendo consideración de que estimaron útiles para su defensa, asistidos por sus respectivos abogados defensores, y declararon cinco testigos”. “Se pasó a un cuarto intermedio hasta el día de ayer -por el miércoles, donde se realizaron los alegatos por cada una de las partes, para que luego el tribunal sí dictara sentencia”, agregó.
Por otra parte, narró: “En el caso de la Fiscalía, nosotros solicitamos condenas de quince y dieciséis años de prisión respectivamente, quince años para uno de los masculinos, y dieciséis años para la pareja”. “El tribunal dictaminó catorce años para la pareja, y doce años para el otro masculino”, añadió el fiscal.
Finalmente, Bosio destacó: “Se trataba de hechos importantes, una causa que tuvo bastante tiempo de instrucción, atento lo complicado y por allí difícil de este tenor de investigaciones”. “Lo importante es que se llegó al juicio, y como corresponde en estos casos, creemos que se lograron unas condenas importantes, ajustadas a derecho”, concluyó.
Audio: Entrevista de Patricia Gatti a René Bosio para Villa María Ya!:
Las condenas
Cabe recordar que los integrantes de la pareja de Villa Nueva, cuyas iniciales son FPM y RGM, fueron sentenciados a 14 años de prisión por ser declarados coautores de «promoción o facilitación a la corrupción de menores agravada» y «promoción o facilitación de la prostitución y explotación económica del ejercicio de la prostitución de una persona, doblemente calificada» (dos víctimas).
En la oportunidad también condenaron con 12 años de cárcel al prostituyente, Carlos Alfredo Westdorp (58), un vecino de la familia quien mantenía relaciones sexuales con las niñas. Fue hallado culpable de «abuso sexual con acceso carnal»; «abuso sexual con acceso carnal, agravado por la convivencia»; «abuso sexual con acceso carnal, agravado por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima»; «promoción o facilitación a la corrupción de menores agravada», y «amenazas».
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