Confirmaron la expulsión del estado clerical de Ariel Alberto Principi, exsacerdote de La Carlota, por abuso de menores.
El obispo de Río Cuarto, monseñor Adolfo Uriona, confirmó que quedó firme la expulsión del estado clerical del señor Ariel Alberto Principi.
El ahora exsacerdote de La Carlota fue declarado “culpable de delicta graviora contra el sexto mandamiento del Decálogo cum minoribus (abuso sexual de menores)”.
La medida se tomó luego de los procesos canónicos llevados a cabo por el Tribunal Interdiocesano de Córdoba y por el Tribunal Interdiocesano Bonaerense.
El prelado notificó la novedad luego de la decisión comunicada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe de anular el “proceso extraordinario”
“La notificación del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, rubricada por monseñor John J. Kennedy, secretario para la Sección Disciplinar, fue recibida en la sede del Obispado el lunes 7 de octubre de 2024”, manifestó el diocesano.
Informe oficial
Sobre el caso del Sr. Ariel Alberto PRINCIPI, exclérigo de la diócesis de Villa de la Concepción del Río Cuarto, quien luego de regular proceso canónico fue declarado culpable de delicta graviora contra sextum cum minoribus, y condenado a la pena de la expulsión del estado clerical.
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha informado lo siguiente el día 7 de octubre de 2024:
1.- Que el proceso extraordinario, desarrollado fuera del ámbito de ese Dicasterio, cuyas conclusiones se comunicaron en el pasado 23 de septiembre del corriente, ha sido anulado.
- – Que transcurridos los plazos establecidos por el derecho no se ha interpuesto ante esta Sede la restitutio in integrum.
3.- Que la Secretaría de Estado ha comunicado que la causa queda nuevamente sujeta al proceso ordinario en este Dicasterio, según las normas previstas por la Ley de la Iglesia.
Por consiguiente, la sentencia del Tribunal Interdiocesano Bonaerense del 8 de abril 2024, que confirmó la pena de la expulsión del estado clerical del Sr. Principi, precedentemente establecida por el Tribunal Interdiocesano de Córdoba el 2 de junio de 2023, debe considerase vigente en todas sus partes y, en consecuencia, se ha procedido al archivo del caso.
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