La Justicia de Córdoba dictó prisión perpetua a Alejandro Jesús Quinteros, por el femicidio de su ex pareja V. A. G., en un fallo que calificó el crimen como homicidio triplemente calificado por vínculo, alevosía y violencia de género, tras comprobar que ejerció violencia en “todas sus formas”.
Según los fundamentos de la sentencia, dados a conocer por el Poder Judicial de Córdoba Quinteros invitó a la víctima y a su pequeño hijo a cenar en un restaurante de la localidad de Oliva. Durante la velada, le suministró a V. A. G. una sustancia sedante en su bebida.
Luego los llevó a su casa en Oncativo, donde, tras quedar la mujer inconsciente, la asfixió con una almohada o sábana en su cama. Posteriormente, trasladó el cuerpo a un campo ubicado a unos 19 kilómetros de dicha ciudad, donde lo enterró.
Tras el crimen, el acusado no dejó de actuar con violencia: ocultó el cuerpo, utilizó el teléfono de la víctima para responder mensajes y engañar a familiares y allegados que la buscaban, prolongando así el daño más allá del asesinato.
El magistrado que firmó la condena remarcó que Quinteros sometió a su expareja a violencia física, psicológica, sexual, económica y simbólica de modo sistemático y creciente. El femicidio representa la culminación de un patrón persistente de sometimiento y abuso.
La condena a prisión perpetua representa un paso judicial crucial en un caso que conmocionó a la provincia de Córdoba y pone en evidencia la gravedad y magnitud de la violencia de género, confirmando que la máxima pena puede aplicarse cuando se acreditan mecanismos de control, manipulación y extrema violencia.
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