Se conocieron los fundamentos de la sentencia que condenó a perpetua a tres personas y fue más leve con otras dos por el homicidio de Germán Torno.
Recordamos que Torno, empleado del Tribunal de Cuentas de Tío Pujio y que residía en Villa María, fue asesinado en su casa el 20 de septiembre de 2022.
Fue encontrado al día siguiente. Según la autopsia y las pericias, murió asfixiado a causa de la media que le pusieron en la boca mientras estaba atado de pies y manos.
El juicio con jurados populares se llevó a cabo entre el 17 y el 21 de marzo. Fueron condenados como autores materiales Claudio Luján y Gonzalo Valquinta, dos cordobeses con antecedentes penales que según quedó comprobado fueron contratados por el tribuno de cuentas de Tío Pujio y propietario de una carnicería en esa localidad, Darío Ludueña, como instigador. Los tres recibieron prisión perpetua.
Raúl Zerpa, empleado de Ludueña en la carnicería, fue condenado a cinco años como partícipe de robo. Él conocía a los cordobeses y se los presentó a su patrón.
Ivana Martínez, la mujer que acompañó a Luján y Valquinta en el auto, fue condenada a tres años por participar en lo que creía que era un robo, siempre según el fallo.
Dos disidencias en el jurado popular
Fue unánime la determinación del jurado de que el hecho investigado existió tal como lo describió el fiscal René Bosio en la etapa de instrucción. Pero dos jurados en particular tuvieron diferencias de criterio con el resto en dos puntos.
Por un lado, un jurado varón entendió que Zerpa conocía a los cordobeses que contrató Ludueña, fue quien hizo el nexo y participó de todas las reuniones. ¿Cómo nunca se enteró de que iba a ser un homicidio y pensó que solo sería un robo?
Por otro lado, una jurado mujer consideró que había que determinar mejor los roles y acciones de Luján y Valquinta en la casa de Torno, ya que durante el juicio se dio a entender que el primero salió minutos después del domicilio que el segundo.
Las dos disidencias fueron interpretadas y formuladas por el juez Félix Martínez, mientras que la jueza Eve Flores redactó los fundamentos de la mayoría.
¿Cuáles fueron los fundamentos para desvincular a Zerpa y Martínez del homicidio y darles una pena menor?
En el caso de Zerpa se concensuó que contactó a Valquinta y este último contactó a Luján para lo que sería un robo; que sabía que habría un delito y al ser la pena máxima de seis años, le dieron cinco.
Sobre Martínez, todos entendieron que solamente se enteró unos minutos antes de llegar a Villa María de qué se trataba el trabajo, aceptando ir solo porque pensó que era dinero fácil sin mayores riesgos.
Se consideró que es un mujer que trabaja desde los 20 años; que tiene un hijo de 21 años a quien procura mantenerlo en los estudios; que manifestó consciencia social tratando de ahijar a una niña sin padres; que cometió un error que debería haber evaluado mejor sabiendo que su vecino Luján tenía antecedentes penales.
Se le aplicó una pena menor, de tres años de prisión, y considerando que pasó casi tres años con prisión preventiva esta pronta a salir en libertad.
No se descarta que alguna de las partes apele al TSJ para que se revea la condena determinada por los jurados populares de la Cámara del Crimen de Villa María.
Informe de Patricia Gatti
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