El Gobierno nacional dispuso terminar con la prohibición y regularizar el comercio de bolsitas de nicotina y de vapeadores, aunque estos tendrían una reducida variedad de sabores para mitigar su consumo en menores.
Precisamente, a través de la disposición 2543/26 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) derogó una normativa de 2011, que prohibía “la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina”.
En paralelo, el Ministerio de Salud de la Nación también abolió una resolución del 2023 y aprobó un nuevo marco para estos productos. “Todas estas medidas tienen como objetivo reemplazar el esquema de prohibición vigente por un sistema de registro, control y fiscalización específico conforme los lineamientos técnicos del Programa Nacional de Control de Tabaco”, informaron desde la ANMAT, precisando que estas determinaciones se dan en el marco de un convenio rubricado con la cartera sanitaria.
En tal sentido, el organismo agregó: “El Acta Complementaria que se desprende de dicho Convenio incorporó la evidencia técnica del Programa Nacional de Control del Tabaco y concluyó, entre otros puntos, que ningún producto de tabaco o nicotina puede considerarse inocuo, ya que existe riesgo de dependencia y potenciales efectos adversos”.
“También evidenció que los esquemas de prohibición absoluta, pueden favorecer la circulación de productos informales o ilícitos sin control sanitario y que, por lo tanto, es necesario transitar hacia un enfoque regulatorio basado en la evaluación y gestión del riesgo, que contemple autorización, estándares técnicos y mecanismos de fiscalización, con reglas claras, bajo el principio de protección de la salud pública y la prevención de la iniciación en el consumo”, añadió.
Menos sabores
En tanto, desde el Ministerio de Salud resaltaron que la prohibición “no logró impedir el acceso ni el consumo de estos productos”, ya que los vapeadores y cigarrillos electrónicos “registraron una prevalencia de consumo del 35,5% en adolescentes durante el último año, posicionándose entre las sustancias de mayor consumo en este grupo etario”.
“Según lo establecido por la nueva resolución, los cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina son considerados productos elaborados con tabaco y deben cumplir con las disposiciones previstas en la Ley N° 26.687 y su normativa reglamentaria. Esto implica la obligatoriedad de incorporar advertencias sanitarias en los envases, la prohibición de utilizar elementos de diseño que resulten atractivos para niños y adolescentes, imágenes de celebridades o mensajes engañosos, y restricciones específicas sobre aromas autorizados”, agregaron.
Finalmente, señalaron: “La norma también establece restricciones orientadas a desalentar el consumo y reducir el acceso de menores. En este sentido, limita los sabores autorizados para su comercialización. Solo se permiten líquidos y sticks con sabor tabaco y bolsas de nicotina con sabor tabaco o mentol. Asimismo, prohíbe expresamente los cigarrillos electrónicos descartables con soluciones precargadas, considerados uno de los formatos de mayor atractivo para la iniciación juvenil”.
Foto ilustrativa. Crédito: TN / AdobeStock.
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