Villa María, domingo 24 de noviembre de 2024

Muerte digna: el análisis de una médica y un abogado local

Una médica clínica especialista en medicina del stress, Nora Güendulain, y un abogado local, Juan Pablo Tenedini, analizaron todo lo que significa el concepto de “muerte digna”.

“A mi me gusta más definirlo desde esta parte clínica que es la que abordo, en donde para poder entender la muerte digna tenemos que hacerla parte de la vida”, afirmó la galena en diálogo con Villa María Ya!. Además, resaltó: “Así como tenemos el derecho de vivir con una vida digna, con calidad de vida, también tenemos derecho a una calidad de muerte. Entonces yo entiendo a la muerte digna como calidad, entender el final de la vida tratando de no tener dolor, de estar acompañado, de que sea digno”.

Muerte digna y suicidio asistido

Asimismo, Güendulain explicó porqué la muerte digna no es lo mismo que un suicidio asistido: “Se diferencia porque en un suicidio asistido, como le llaman eutanasia, tiene que haber la participación sí o sí de un médico y éste lo que hace es dirigir la muerte con medicación”.

Además, narró cual es el procedimiento para realizar la muerte digna: “Lo principal es hablar con los familiares, porque para entender todo esto y que haya calidad tiene que ser una decisión propia del paciente y que el familiar esté de acuerdo porque hay familiares que lógicamente necesitan que ese paciente viva porque dejar ir es muy difícil, lo vivimos todos los días en la clínica y hospitales”.

“Si esto está hablado es mucho más fácil, porque uno trata de evitar el sufrimiento digo yo, evitar el sufrimiento a toda costa”, agregó. Asimismo, explicó: “Se garantiza el que el paciente esté acompañado, que el paciente no tenga invasiónes, le llamamos invasiones a un acto invasivo donde sí o sí va a haber sufrimiento y dolor, o tratar de que sea lo menos invasivo posible, evitar el dolor y que el paciente esté acompañado”.

La parte legal

Por su parte, consultado por si los profesionales de la salud tienen algún amparo legal, Tenedini manifestó: “En el país existe desde el año 2012 la ley de muerte digna, la ley 26742, la cual prevé en caso de las personas mayores de edad que estén padeciendo una enfermedad terminal”.

El abogado destacó que tiene “que ser un caso donde ya la ciencia no pueda revertir el cuadro, lo que sí puede hacer es prolongar la vida” y que aquí entra en cuestión “si realmente se está prolongando la vida o se está prolongando la agonía”.

Finalmente, explicó que la ley prevé que la persona o un familiar, en caso de que el paciente no pueda manifestar su voluntad, puede acceder o no a que se realicen los tratamientos existentes para esa situación.

“Antes de la existencia de esta ley era obligación de los médicos hacer el tratamiento, porque el mandato es ‘ustedes tienen que salvar la vida hasta lo último'”, señaló Tenedini.

Audio: escuchá la entrevista completa de Patricia Gatti a Güendulain y Tenedini para Villa María Ya!:

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