La Justicia laboral de Villa María determinó que fue “sin causa” el despido de una mujer que se desempeñaban laboralmente en la Cooperativa de Luz de Oliva y ordenó a la entidad que la indemnizara.
El despido se dio en conjunto con otras dos personas luego de un arqueo sorpresivo en el que detectaron un faltante de 34 mil pesos el 3 de enero de 2017.
En el telegrama de despido, la empresa sostuvo que el dinero era retirado directamente de la caja por éstas tres empleadas y luego, en algunas ocasiones, era devuelto.
Sin embargo, en el juicio se demostró que la mujer no tenía acceso directo a la caja y que además, entre los empleados, existía una especia de práctica habitual que consistía en tomar préstamos para luego ser devuelta.
Por último, la empresa mostró un documento en donde las personas despedidas admitían su responsabilidad, sin embargo, esto dejó más dudas que certezas en los ojos del magistrado ya que el contenido de esa nota “no ha sido fruto de la libre y voluntaria expresión de la trabajadora, quien no solo no participó de su redacción, sino que sus superiores le avisaron que iba a recibir una sanción menor, como una suspensión”.
Finalmente se ordenó a la cooperativa a abonar la indemnización en el lapso de 10 días de transcurrida la sentencia, que fue firmada el 1 de febrero de este año.
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